- Se otorgará mensualmente una pensión equivalente a 356 UMA, desde la fecha del fallecimiento y hasta por un periodo de 12 meses, propuesta por la diputada Guadalupe Vázquez
Familiares de elementos de seguridad pública caídos en el cumplimiento de su deber podrán acceder a una pensión otorgada por el Gobierno del Estado, luego de que la XVII Legislatura del Congreso del Estado expidiera la Ley para el Otorgamiento de Pensión a Deudos de los Integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública del Estado y los Municipios de Baja California Sur, propuesta por la diputada Guadalupe Vázquez Jacinto.
Se otorgará mensualmente una pensión equivalente a 356 Unidades de Medida y Actualización (UMA), considerada desde la fecha del fallecimiento y hasta por un periodo de 12 meses. El monto original propuesto fue de 90 UMA, sin embargo el titular del Poder Ejecutivo en coordinación con la Mesa de Seguridad propuso elevarlo a las 356 veces el valor de la UMA ($41 mil 672 pesos) que equivale a poco más de 500 mil pesos en total anual, explicó en tribuna la iniciadora.
Diputadas y diputados avalaron en votación unánime el dictamen de la Comisión Permanente de Seguridad Pública que busca dar tranquilidad tanto a los elementos de dichas instituciones como a sus familias, manifestándose el respaldo en tribuna las diputadas Teresita Valentín (MORENA), Karina Olivas (PT), Lupita Saldaña (PAN), los diputados Sergio Guluarte (MORENA), Fabrizio del Castillo (PRI) y la misma iniciadora Guadalupe Vázquez.
Además de las instituciones de seguridad estatales y municipales, se incluye en el beneficio el sistema estatal penitenciario, de impartición de justicia, de protección civil y de los cuerpos de bomberos.
Cabe precisar que la pensión se otorgará con independencia de los seguros y prestaciones que ya se encuentren consagrados a favor de los trabajadores.
Para que los deudos puedan contar con la pensión, la ley estipula obligatorio que cada servidor designe a sus beneficiarios en los formatos que las áreas de recursos humanos deberán expedir para ello; en tanto que los deudos podrán reclamarla hasta transcurridos noventa días naturales a partir del deceso.
Tanto la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado como las tesorerías municipales deberán realizar la asignación de las partidas financieras, en un plazo no mayor a 30 días naturales a partir de la entrada en vigor de la ley.








